Una vez transcurridos tres años contados a partir de la primera aportación al Fondo del partícipe, el mismo podrá efectuar rescates por una sola ocasión, de hasta el cincuenta por ciento del saldo que tenga disponible, para pagar parte del precio de una unidad habitacional nueva de interés social, creada en base a la “Ordenanza que regula los desarrollos urbanísticos tipo lotes con servicios básicos” expedida por el Concejo Cantonal de Guayaquil – o la ordenanza vigente sobre esta materia – , a ser desembolsado directamente a la promotora privada o a la Municipalidad de Guayaquil, de acuerdo al tipo de unidad habitacional.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Para más información consulte nuestro Aviso de Privacidad y Política de Tratamiento de Datos Personales Admunifondos S.A.